ORDENANZA GENERAL

PLAN ESTRATÉGICO 2022-2024

MODIFICACIÓN PLAN ESTRATÉGICO 2022-2024

 

El 26 de septiembre de 2017 el pleno del Ayuntamiento de Oiartzun aprobó provisionalmente la "Ordenanza general reguladora de subvenciones". Dicha ordenanza se expuso durante 30 días y quedó aprobada después de su publicación en el BOG el 30 de noviembre de 2018.

Entre otras cuestiones, la ordenanza regula las obligaciones de los beneficiarios, los tipos de subvenciones y los procedimientos de petición y justificación.


SUBVENCIONES MEDIANTE CONVENIO

Son subvenciones reguladas por un convenio entre el ayuntamiento y alguna institución que están previstas en los presupuestos anuales del ayuntamiento.

SOLICITUDES

Las entidades con convenio deben presentar la solicitud todos los años.

La documentación a presentar es la siguiente: 

  1. Hoja de solicitud (PDF)
  2. Fotocopia del DNI de la persona responsable o representante de la entidad.
  3. Fotocopia del NIF de la entidad, si procede.
  4. Comprobante de la titularidad de la cuenta corriente de la entidad.
  5. Memoria de la actividad, programa o proyecto para el que se solicita la subvención (PDFDOC).
  6. Presupuesto del programa (gastos e ingresos, describiendo el concepto y la cantidad (PDFDOC).
  7. Declaración jurada (PDFDOC).

Los documentos 2, 3 y 4 solo se deberán entregar una vez y no hará falta presentarlo por cada trámite siempre que estén vigentes. 

JUSTIFICACIÓN

La entidad beneficiaria deberá entregar los siguientes documentos para justificar la subvención:

  1. Memoria justificativa.
  2. Balance de ingresos y gastos.
  3. Lista de justificantes.
  4. Justificantes de los gastos.
  5. Relación de las fuentes de financiación y/o subvenciones solicitadas (concedidas, pendientes de resolución, ...) a otros organismos para la misma finalidad. En caso de que no se comuniquen, se entenderá que no se han solicitado.
  6. Un ejemplar de la publicidad realizada.

SUBVENCIONES POR CONCURRENCIA COMPETITIVA

En las subvenciones por convocatorias de concurrencia competitiva, el proceso se realiza de la siguiente forma: las solicitudes se comparan y se priorizan según los criterios de la convocatoria, se asigna una puntuación y se calcula la subvención correspondiente.

 SOLICITUD

En el siguiente enlace se pueden consultar las convocatorias abiertas

CONVOCATORIAS EN CURSO

 JUSTIFICACIÓN

Cada convocatoria de subvención establecerá el modo de justificación.


SUBVENCIONES DIRECTAS

Las concesiones podrán otorgarse directamente, siempre y cuando cumplan la normativa de igualdad, no siendo preceptivas ni la concurrencia competitiva ni la publicidad, en los siguientes casos:

  1. Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesta a la Administración por una norma legal.
  2. Subvenciones para remediar situaciones de emergencia o de urgencia cuando estas sean incompatibles con el trámite de publicidad.
  3. Aquellas otras subvenciones en las cuales se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, y otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
  4. Cuando debido a las características de la persona beneficiaria, o al objeto o naturaleza de la subvención no proceda la concesión en régimen de concurrencia competitiva. Las subvenciones directas deberán estar reguladas por unas bases propias que establezcan los requisitos que deben reunir los beneficiarios para la obtención de las subvenciones

 

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