Normativa en trámite de consulta previa

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece novedades en cuanto a iniciativa legislativa y reglamentaria de las Administraciones Públicas; entre otras, la necesidad de recoger la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas que puedan verse afectadas por las futuras normas.

El artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece lo siguiente:

“1. Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.”

 

Por tanto, si la ciudadanía, instituciones y asociaciones así lo estiman, podrán participar presentando aportaciones a través de dos vías:

 

  • Mediante correo electrónico: Oiartzungo Udala,
  • Mediante la presentación de sugerencias en el Registro General del Ayuntamiento (Plaza Done Eztebe, 1) o a través del registro electrónico www.oiartzun.eus, donde el ciudadano habrá de identificarse mediante certificado digital.
TITULO NORMATIVAPLAZO
Ordenanza reguladora de la evaluación de impacto lingüístico15 días hábiles (desde el 29/03/2023 hasta el 21/04/2023)